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Lo que las estadísticas esconden

Artículo sobre las estadísticas en materia de residuos

Cuando se trata de hablar de matemáticas y estadística, a más de uno se nos tuerce el gesto. Lo indudable es que estas herramientas son válidas y necesarias, pero para que cumplan la función deseada deben utilizarse bien.

Y es que a la vista de tantas y tantas informaciones que en materia de gestión de nuestras basuras aparecen constantemente en los medios, uno ya no sabe si lo estamos haciendo bien, si cumplimos objetivos, o simplemente si nos quieren marear para evitar que focalicemos los problemas.

No olvidemos que la Ponencia de Estudio del Senado[1] que analizaba a finales del 2015 la situación de los residuos en España, reclamaba datos e información veraz, objetiva y trazable. Es decir, se demanda acceso a la información como un derecho de los usuarios. Y no es que no exista información, sino que no aporta lo que debería.

Y estamos hablando de un problema mayúsculo, en tanto que la gestión de residuos en este país no es eficiente. Esta evidencia no se está ocultando, al menos no en todos los entornos del sector, pero sí carece del rigor y profundidad que merece esta cuestión. Así que hemos decidido intentar entender todo esto, analizar los datos, masticarlos y ofrecerlos en estos párrafos.

La preocupación viene heredada del marco que establece la UE y que nos equipara a otros territorios, virtudes y defectos al margen. Hemos tenido que asumir que para el año 2020 deberemos alcanzar un mínimo del 50% en peso de residuos domésticos y comerciales destinados a la preparación para la reutilización y el reciclado para las fracciones de papel, metales, vidrio, plástico, biorresiduos u otras fracciones reciclables[2]. Nos detenemos aquí para subrayar “residuos domésticos y comerciales”, ya que no los perderemos de vista, al igual que la acepción de “biorresiduos”.

Pensemos también que a la vuelta de la esquina tenemos la entrada en vigor de lo que hoy son las cuatro propuestas legislativas del paquete de residuos[3] elevado por el Parlamento Europeo el pasado diciembre, donde ya se marcaría un hito del 60% para el 2030 (y otro del 65% para 2035) en cuanto a la preparación para la reutilización y reciclaje de residuos municipales.

Pero centrándonos en el presente, que ya es más que suficiente, esta obligación se va diagnosticando a través de los números que nuestro gobierno traslada a Europa para que Eurostat los publique, en paralelo a otros Estados Miembros, que al igual que nosotros, difunden su realidad sobre la generación y gestión de residuos. Menos mal que esas propuestas legislativas traerán una armonización sobre conceptos y formas de cálculo, ya que hasta el momento, es bien conocido que existen varios modelos de cálculo[4] a elección de cada Estado y que España utiliza el cuarto.

Más allá de todo lo que se ha escrito (y criticado) sobre el posicionamiento del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente en este sentido, lo cierto es que lejos de que estos datos sean comparables, abren la vía de la interpretación particular. Y esto es lo más preocupante, ya que lo más peligroso es errar en el diagnóstico en cuestiones como esta.

Si bien la fórmula utilizada por España tendría en cuenta la aportación de los residuos comerciales (al contabilizar la totalidad de los residuos urbanos generados), no se estaría sumando la recuperación de estos residuos de gestión privada, no contabilizada por el canal municipal. Según estimaciones realizadas en el proyecto “Estrategias para la gestión sostenible de los residuos en el horizonte 2020” de la Fundación para la Economía Circular, esta fracción podría representar un 20% del total de los residuos domésticos y comerciales.

Si esto fuese así, su contribución al cumplimiento de objetivos sería de entre 7 y 8 puntos, según la misma fuente (siempre que se reciclasen, claro). Es decir, sobre lo declarado para 2015 (y que se tomará como anualidad de referencia en este artículo por representar el último año con información completa publicada), la variación pasaría del 30% (18,4% correspondiente al reciclado y 11,6% al compostaje+digestión) a un mínimo del 37%. Por contra, en el otro lado de la balanza seguramente se estarían contabilizando residuos de procedencia industrial derivados de actividades localizadas en polígonos industriales, donde los ayuntamientos extienden sus servicios habitualmente[5].

Por otro lado, particularmente preocupante es la recuperación de la fracción orgánica en nuestro país. Y es que, a pesar de que las próximas adaptaciones legales pongan las cosas en su sitio, los bioestabilizados obtenidos de su tratamiento no son considerados compost[6] como ya sabemos, pese a poder asimilarse a un compost de clase 2. Sin embargo, para este caso, lo que se computa como compostaje serían las entradas de materia orgánica (selectiva o no) en instalaciones que integren compostaje y/o biometanización.

Es decir, la legislación española se ha autoimpuesto una limitación que sin embargo no tiene en cuenta en sus estadísticas, con el agravante de que ese material “no apto” podría estar realmente contribuyendo al vertido, aunque esto lo trataremos más adelante.

Volviendo al citado estudio, también indica la necesaria reflexión sobre las consideraciones de partida, ya que las caracterizaciones que identifican los residuos presentes en las basuras integran un determinado grado de humedad y suciedad adherida a los materiales. Sin embargo, debemos recordar que, si bien el material o producto no se desecharía en esas condiciones por los usuarios, esos residuos accederían a la vía del reciclaje de ese modo, sumando al propio material el peso de sus impurezas, contando por lo tanto para las estadísticas correspondientes (recordemos, de entrada en planta).

En relación a los datos de partida, el GT-15 identifica otra problemática, consistente en la dificultad de caracterizar algunos flujos de residuos de competencia municipal, como los procedentes de la limpieza viaria, playas, parques y jardines, recogida de mercados y mercadillos, residuos de sumideros, etc., que son generalmente desconocidas, que entran en las instalaciones de tratamiento y a las que se le asigna para el cálculo de la generación total agregada la composición de los residuos domésticos.

Y todo lo anterior podríamos englobarlo dentro de un marco introductorio, porque lo que sigue es el detalle de la lectura e interpretación de los datos oficiales que circulan.

Para ello comenzaremos con la propia declaración que el Ministerio[7] envía a Europa año a año al respecto del cumplimiento de objetivos, trabajando concretamente con los datos completos de 2015. Finalmente, incluso podremos aventurarnos a hacer una prognosis de lo que nos queda por recorrer hasta la meta del 2020 en relación a la situación real actual.

La cantidad de residuos de competencia municipal recogidos en España en ese año fue de 21,2 Mt, correspondientes a los residuos gestionados por las Entidades Locales.

Toda esta información genérica es suministrada, a su vez, por las Comunidades Autónomas, informando de manera individual sobre cada instalación de tratamiento existente. Asimismo, la información relativa a otros flujos menores generados en el ámbito municipal se solicita al INE, que con un procedimiento específico[8], recopila datos de gestores vinculados igualmente a la gestión municipal (operadores de puntos limpios y gestores privados para determinados flujos, por ejemplo), y que en ningún caso son contrastados o cuestionados. Así lo advierte el propio Ministerio, que indica que ciertos registros podrían encontrarse duplicados con los anteriores.

Admitiendo estas fuentes como el compendio de información disponible y correcta, se comienzan a elaborar las observaciones correspondientes:

  • El análisis parte de los residuos recogidos, que se hacen corresponder con algún tipo de entrada a tratamiento primario y que, para las fracciones convencionales, toma la información suministrada por las CCAA.
  • En cuanto a las “fracciones menores”, la información relativa a su tratamiento se obtiene a partir de los datos de tratamiento del INE (que engloban todo tipo de residuos), aplicando ese indicador genérico a los residuos domésticos[9]. En este punto, se desconoce incluso la procedencia de los datos de tratamiento atribuidos a los residuos voluminosos y de mercados.
  • Las cantidades de residuos de entrada a las instalaciones de incineración y vertido incluyen los rechazos del resto de las instalaciones, no así los rechazos de los propios procesos de incineración y quedando la incertidumbre del destino del material bioestabilizado generado.
  • Así, los datos oficiales para 2015 desglosan: 18,4% reciclado, 11,6% compostaje, 57,3% vertido, 12,7% incinerado.

Sobre lo anterior, se podrían hacer los siguientes comentarios y estimaciones:

  • La información relativa a las cantidades de residuos generadas y tratadas cuando se desglosan por CCAA no coincide con los datos resumen del Ministerio ni tampoco se evidencia su trazabilidad con los facilitados por las plantas. En consecuencia, estos datos superarían a los facilitados al Eurostat.
  • La cifra indicada de material reciclado a partir de la mezcla de residuos municipales es sensiblemente mayor que los datos de recuperación de materiales facilitados específicamente por las propias instalaciones (868.739 t declaradas frente a 654.866 t recuperadas en planta).
  • En el tratamiento de los envases mezclados, parece asumirse como reciclado todo el material que no se declara como vertido o incinerado en las instalaciones de clasificación de envases ligeros. Dejando de lado la conveniencia de incluir las mermas de proceso como material clasificado, esta cifra de reciclado incluiría también los rechazos de varias instalaciones de clasificación de cuyos datos no se dispone o que se tratan a continuación en otras instalaciones.
    Si se consideran los materiales recuperados en las instalaciones de clasificación de envases en las que se procesa este flujo, se obtiene una cifra menor a la declarada (427.598 t declaradas frente a 344.342 t recuperadas en planta).
  • Con respecto a lo anterior, se quiere matizar que se parte de una generación absoluta de casi 3 Mt[10] de envases ligeros, donde el Ministerio indica una recuperación en plantas de clasificación del 14,4% (aunque como resta del material a incineración y rechazo sobre las entradas). Por otro lado, tomando en consideración la recuperación de plásticos, metales, briks y otros asimilables en todo tipo de plantas (aunque integrando materiales no envases y envases industriales), el índice correspondiente es del 26%.
    Sin embargo, a partir de los datos del SCRAP que regula la gestión de estos envases, se calcula una ratio de reciclaje del 24,2% sobre lo generado (incluso reciclando más de lo que admite recoger selectivamente). Evidentemente, estas cifras no son comparables con los datos que se publican en cuanto a que se estaría reciclando un 74,8% de envases domésticos; pero aunque sumemos aquí también los envases de papel-cartón, esta ratio no tiene trazabilidad con los datos de partida, más si cabe cuando se admite que la cuenta se hace sobre las toneladas de envases domésticos adheridos al sistema, dato que no se conoce, pero que a la vista de los datos resultaría escaso.
  • Con respecto a las recogidas monomateriales, se asume un 100% de reciclado. Sin embargo, los datos de recogida de estos materiales no coincide con los facilitados por los SCRAP correspondientes.
    • En lo que afecta al papel y cartón, el Ministerio señala que todo el material papel-cartón que se recoge selectivamente, se recicla, suponiendo un 25,5% sobre la generación potencial (con las salidas plantas se alcanzaría un 30%). Una parte del material (alrededor del 40%) sería envases competencia del mismo SCRAP que el caso anterior, el cual define una recogida neta de 15,1 kilos por persona y año, de lo que resultaría una recuperación del 36,6% sobre la generación de esta tipología de envases.
    • En cuanto al vidrio, el Ministerio admite una recogida selectiva y reciclado del 51,5%, a lo que se añadiría lo obtenido en las plantas de tratamiento para alcanzar un 54% sobre la generación de vidrio doméstico. El SCRAP correspondiente revela que el material proviene del canal municipal y de otras fuentes, lo que resulta en un volumen de residuos significativamente mayor que el señalado por el Ministerio, y correspondiéndose con una ratio del 59% sobre la generación. Indica, sin embargo, una tasa de recuperación del 70%.
  • No se evidencia una trazabilidad clara entre la información que refiere el Ministerio sobre el tratamiento de la fracción orgánica recogida selectivamente (FORS) y fracción verde (FV), con lo declarado por las plantas de tratamiento, por lo que no es posible verificar los datos de compostaje (y vertido e incineración) facilitados para estas fracciones.
  • Por otra parte, se analiza el destino de la fracción orgánica recogida selectivamente: «residuos biodegradables de cocinas y restaurantes» y «residuos biodegradables de parques y jardines» a partir de la información facilitada por las instalaciones de tratamiento, concluyendo que:
    • Según las caracterizaciones referidas, la generación de esta fracción se situaría en unos 9 Mt (atrás quedaría la parte destinada a compostaje in situ no aportada al canal municipal), de lo que se estaría recogiendo apenas un 9%, según los datos aportados por las CCAA al Ministerio.
    • Un 71,5% de lo recogido selectivamente se estaría sometiendo efectivamente a procesos de compostaje/biometanización, aunque suponiendo un 6,3% sobre la generación total de esa fracción. Si se considerase el compostaje de material mezclado no procedente de una recogida específica, la ratio se incrementaría hasta el 20,9% (aunque, como ya se ha explicado, este material no se consideraría compost).
    • En las instalaciones para el tratamiento de biorresiduos, la FORS y la FV son tratadas conjuntamente, y con otros residuos de naturaleza orgánica, por lo que no resulta posible determinar por separado lo destinado a vertido o incineración.
    • Aunque resulta complicado realizar cálculos sobre la FV recogida selectivamente por la falta de coherencia de los datos, se podría decir que  el 18% de la misma es destinada a vertido sin tratamiento previo.
  • En cuanto a los materiales que se derivan a procesos de incineración, el 44% de los mismos se declaran como residuos en masa que no habrían pasado previamente por planta de tratamiento que permitiese recuperar materiales de los mismos, siendo el resto rechazos de otras plantas de tratamiento.
  • Finalmente, el vertido se desglosaría entre lo correspondiente a un 32% relativo a residuos en masa + FV y a un 59% a partir de rechazos de procesos previos.

A la vista de todo esto, ¿qué conclusiones se pueden sacar?

  • Si bien el acceso a las fuentes de datos en su totalidad resulta prácticamente inviable, sí se debería tener la cautela necesaria a la hora contrastar y verificar los datos a utilizar en las estadísticas de cálculo. El procedimiento de captura utilizado por el Ministerio no es homogéneo, ni trazable, ni, en algunos casos, correcto.
  • El método de cálculo utilizado por España para declarar el cumplimiento de objetivos ha sido el 4, tomando como referencia a los “residuos urbanos” (es decir, a lo que podría ser la suma de domésticos y comerciales), al igual que haría el método 2; sin embargo, el 4 resulta menos específico. No se habría elegido ni el 1 ni el 3 porque se basarían solo en los residuos domésticos, donde España tal vez tendría complicado llegar a esa síntesis por la propia calidad de los datos y lo que es más importante, porque tal vez interesa camuflar los discretos resultados alcanzados en los hogares sumando la contribución de los flujos comerciales.
  • Asumiendo entonces que en los datos facilitados sí se deberían encontrar los residuos comerciales, resulta que esto no sería así en su globalidad. No estarían añadidos aquéllos de gestión privada, que por cierto podrían estar en el límite de la competencia municipal, gestión compartida comúnmente con otros flujos recuperados por esos gestores.
  • Con todos los condicionantes señalados, la fotografía muestra (oficialmente) una situación concreta, ya referida anteriormente.
  • Considerando un escenario optimizado y a partir de los datos oficiales derivados de las fuentes que se citan, se ha calculado la potencial ratio de reciclado, en contraste con los datos facilitados por España a Europa. Se consideran:
    • Entradas de FORS+FV en instalaciones de tratamiento de biorresiduos, entendido como materia orgánica recogida selectivamente informada por las instalaciones específicas para este flujo.
    • Entradas de FORS+FV en instalaciones de tratamiento de residuos mezclados, es decir, materia orgánica recogida selectivamente gestionada en plantas TMB.
    • Recogidas monomateriales, a partir de los datos del Ministerio. Las cantidades declaradas no son coincidentes con las informadas por los SCRAP.
    • Materiales recuperados en las instalaciones de tratamiento, a partir de la información suministrada por las instalaciones.
    • Materiales reciclados INE. Es decir, los datos aportados por el INE y utilizados por el Ministerio en cuanto a la recuperación de las “fracciones menores”.

Con esto, se alcanza un volumen aproximado de reciclado de 4.350.000 t, equivalente a una cota del 20,6%. Esto equivaldría a una diferencia de 9,4 puntos respecto a lo declarado en 2015 al Eurostat.

  • Por su parte, y a la vista de esta preocupante realidad, España “defiende”, pero se estanca, en una tasa de reciclado del 29,7% según los datos de 2016 (los más actuales y donde la media europea se sitúa en un 45%).
    Para paliar esta desventaja asumida, el Ministerio no se atreve a confirmar que España pueda cumplir con el objetivo de 2020; defiende que ha elaborado un plan de acción de economía circular[11] para el periodo 2018-2020, aún no aprobado. Este plan de acción y las actuaciones previstas en el PEMAR son las herramientas con las que se cuenta para darle la vuelta a este problema.
  • Es necesaria y urgente la adaptación de criterios en la nueva propuesta legislativa, que deberá unificar procedimientos y formas de cálculo entre los EM para que, de forma inequívoca, todos tengamos las mismas reglas del juego.

En definitiva, se solicita clarificar los datos que encierra una realidad ya de por sí preocupante, al objeto de mejorar su entendimiento y que facilite la toma de decisiones a través de un enfoque correcto.

Para ello se debe trabajar con una misma orientación y objetivo. Urge reflexionar y se necesita escuchar la opinión y el debate.

Si no se ofrece información veraz y real por parte de administraciones y agentes, no se está haciendo otra cosa que contribuir a la confusión, eludiendo responsabilidades y maximizando los efectos negativos hacia el futuro inmediato, que para los que no se han dado cuenta, ya está aquí en forma de nuevas imposiciones europeas.

  1. http://www.senado.es/legis10/publicaciones/pdf/senado/bocg/BOCG_D_10_612_4194.PDF
  2. Artículo 22 a) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados
  3. https://www.residuosprofesional.com/aprobado-acuerdo-provisional-residuos-ue
  4. Decisión de la Comisión Europea 2011/753/EU
  5. A partir del documento del GT-15 de Conama 2016: El reto de la gestión de la materia orgánica.
  6. En su memoria anual, el Ministerio indica que, según criterio de Eurostat, el material obtenido en los procesos biológicos de las instalaciones de TMB de residuos mezclados no debería computarse como compostado; únicamente se debería computar como compostado el material procedente del tratamiento biológico de la recogida separada de residuos orgánicos.
  7. Según datos de la Memoria 2015.
  8. En su cuestionario se diferencia una primera parte relativa a la recogida de residuos municipales y una segunda relativa al tratamiento de residuos «cualquiera que sea el origen o la condición de los residuos (no peligrosos, peligrosos, municipales, industriales u otros) e independientemente de si han sido recogidos directamente o recibidos de otros gestores».
  9. Por ejemplo, los residuos de plástico domésticos se comportarían de la misma forma que la mezcla de industriales plásticos de la que informarían los gestores.
  10. A partir de los datos del estudio de composición de residuos urbanos de origen domiciliario:  http://www.mapama.gob.es/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/publicaciones/Residuos-2013-Estudio-Plan-piloto-caracterizacion-residuos-urbanos-origen-domiciliario.aspx
  11. http://www.mapama.gob.es/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/participacion-publica/180206economiacircular_tcm7-479370.pdf

Publicado por

Laboratorio de ideas sobre residuos

Debate de ideas para el sector de la gestión de residuos

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